Era una necesidad contar ya con este aparato del estado en funciones, pero también era fundamental que este congreso le dé a la ciudadanía a la población una muestra de comportamiento y cuidado en la medida de lo que nos acontece con el tema del virus, Adicional después de todo lo acontecido la Pregunta seria:
¿Para Quien Trabajan Los Congresistas, Para su Partido, Beneficio Propio, Amigos, Conocidos, Pago de Favores o Para el Perú?

Tras su elección como presidente del Congreso, Manuel Merino de Lama (Acción Popular), suspendió la sesión del pleno pasada la medianoche para convocar a la Junta de Portavoces a tomar los primeros acuerdos oficiales en relación al Consejo Directivo y Comisión Permanente.

Ojo que el gobierno ya no puede emitir más decretos de urgencia, ahora todo está en manos del Legislativo

Los 130, Parlamentarios Juramentaron APURADOS, tomaron iniciativa de Adelantar Elección de Mesa Directiva APURADOS, Dejaron de lado el ejemplo que deben mostrar y brindar hacia la población nacional contra los cuidados sobre el Covid-19, por festejar APURADOS, por querer dar imagen de que están trabajando realizaron la Aprobación de 2 PL, APURADOS , con sus respectivos errores y vacíos.

Apurados. El Congreso, en medio de la Emergencia Nacional por 15 días, y sus distintas restricciones ciudadanas por el covid-19, aprobó sus 2 primeras leyes, dentro de estas tenemos una de ella que es una modificación que permite introducir cambios electorales.

Tras una sesión que duró más de 4 horas, el pleno aprobó otorgar un plazo de seis meses para introducir modificaciones al sistema electoral para que sean aplicables a las elecciones generales del 2021.

Ojo que en dicho PL se da la modificación del art21 de la ley 26859, para el periodo complementario 2020-2021,  la no aplicación del segundo párrafo, lo que es la inmodificabilidad de las normas, no se puede hacer eso porque vamos contra la inmutabilidad de las normas electorales, motivo que no es para este año 2020 si no se tendría que ver para el periodo electoral que vienen 2021-2026, Por lo que se Aprobó ahora NO podría ser aplicado

Aprueban en tiempo de 6 meses cuando el mismo JNE, su equipo técnico indico que debería ser de 9 meses, Entonces …..?

¿Qué significa? Que el nuevo Parlamento podrá cambiar las reglas electorales incluso después de que el presidente Martín Vizcarra convoque a elecciones generales en julio de 2020.

El proyecto

Sin embargo, los voceros de Acción Popular y Partido Morado plantearon apresurar el debate para modificar la norma que regula la intangibilidad electoral. La actual normativa señala que solo entrarán en vigencia las leyes que se aprueben hasta un año antes de los comicios.

Como la primera vuelta sería el domingo 11 de abril de 2021, el nuevo Congreso tendría solo 20 días para realizar modificaciones de reglas electorales que se apliquen el próximo año.

Mientras se llevaba acabo la elección de la Mesa Directiva, empezó a repartirse una copia del proyecto de ley del congresista Luis Roel (Acción Popular), que buscaba modificar la intangibilidad electoral.

El detalle cuestionable en la propuesta del legislador Roel Alva (Acción Popular) estaba en el último párrafo de la tercera disposición complementaria transitoria donde se establecía que “se suspende la convocatoria al proceso de elecciones generales 2021, incluyendo el proceso de elecciones primarias hasta que se agote el plazo de 6 meses dados en la presente disposición. La presente suspensión es de obligatorio cumplimiento para los órganos electorales y demás poderes del Estado”.

«Entonces se cumple lo que muchos peruanos temía, acerca del actuar de los nuevos parlamentarios, que los que creen saber un poco mas se aprovechan de los que recién tienen una experiencia parlamentaria o se sumergen en temas de PL , Iniciativas, Normas , etc, con esto queda que las reformas electorales no serán dadas en Abril, si no en Octubre, Las Elecciones Primarias se suspenden, esto trae consigo que se rompa el ciclo electoral»

Esto recuerda nuestro pasado y realidad, donde a la fecha donde todo ya esta listo debajo de la mesa para las nuevas elecciones, una vez mas Nadie sabe para quien trabaja.

Fernando Tuesta, presidente de la Comisión de Alto Nivel de la Reforma Política, aseguró que no se podía suspender la convocatoria de elecciones, pues es potestad del presidente de la República.

Finalmente, la norma fue aprobada casi a las 5 a.m. con 87 votos a favor, 16 en contra y 25 abstenciones. También fue exonerado de segunda votación. Frepap, Fuerza Popular y Unión por el Perú se opusieron.

Conozca en la Imagen del Tablero Digital quienes Votaron a Favor y en Contra, los Documentos de los PL en los Botones de Descarga al Final.


 

#EnVivo#CongresoTVSe reanuda la sesión del #Pleno del Congreso para debatir importantes proyectos de Ley.

Posted by Congreso de la República del Perú on Tuesday, March 17, 2020

 

Proyecto de Ley 04850/2020-CR

Período: Periodo de Gobierno 2016 – 2021.
Legislatura: Primera Legislatura Ordinaria 2020
Fecha Presentación: 16/03/2020
Número: 04850/2020-CR
Proponente: Congreso
Grupo Parlamentario: Multipartidario
Título: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL CONGRESO, AGREGA UNA TERCERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Sumilla: Propone agregar la Tercera Disposición Transitoria al Reglamento del Congreso, estableciendo que el Congreso de la República elegido para completar el Período Parlamentario 2016-2021 desarrollará sus funciones en un solo Periodo Anual de Sesiones.
Autores (*): Roel Alva Luis Andrés,Vega Antonio José Alejandro,Aguilar Zamora Manuel,Alencastre Miranda Hirma Norma,Aliaga Pajares Guillermo Alejandro Antonio,Bajonero Olivas Wilmer Solis,Campos Villalobos Rolando,Columbus Murata Diethell,Dioses Guzmán Luis Reymundo,Fabián Díaz Yessy Nélida,Fernández Florez Matilde,García Oviedo Paul Gabriel,Gonzales Tuanama César,Meléndez Celis Fernando,Paredes Eyzaguirre Rosario,Pérez Ochoa Carlos Andrés,Rivera Guerra Walter Jesús,Ruíz Pinedo Rolando Rubén,Sagasti Hochhausler Francisco Rafael,Tocto Guerrero Felícita Madaleine,Urresti Elera Daniel Belizario,Vásquez Becerra Jorge,Vásquez Tan Grimaldo,Yupanqui Miñano Mariano Andrés
Seguimiento: 17/03/2020 Ac.Portavoces – Se acordó la exoneración del trámite de envío a comisión, la exoneración del plazo de publicación en el Portal del Congreso y la ampliación de Agenda.
17/03/2020 Pleno (en debate)
17/03/2020 Texto Sustitutorio – Presentado en Sala.
17/03/2020 Aprobado 1ra. votación – Se aprobó el texto sustitutorio con modificaciones.
17/03/2020 Dispensado 2da Votación

 

Proyecto de Ley 04851/2020-CR

Período: Periodo de Gobierno 2016 – 2021.
Legislatura: Primera Legislatura Ordinaria 2020
Fecha Presentación: 16/03/2020
Número: 04851/2020-CR
Proponente: Congreso
Grupo Parlamentario: Acción Popular
Título: LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 21 Y AÑADE LA TERCERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA DE LA LEY 26859, LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES
Sumilla: Propone modificar el artículo 21 de la Ley 26859; Ley Orgánica de Elecciones, estableciendo que la elección de congresistas se realiza mediante el Sistema de Distrito Electoral Múltiple aplicando el Sistema de Representación Proporcional; e incorporar la Tercera Disposición Complementaria de la Ley 26859, estableciendo que para el período congresal complementario 2020-2021 no será de aplicación lo contenido en el segundo y tercer párrafo del artículo 4° de la presente Ley.
Autores (*): Roel Alva Luis Andrés,Merino De Lama Manuel,Fabián Díaz Yessy Nélida,Inga Sales Leonardo,Lazo Villón Leslye Carol,Llaulli Romero Freddy,Rivera Guerra Walter Jesús,Saavedra Ocharán Mónica Elizabeth,Burga Chuquipiondo Ricardo Miguel,García Oviedo Paul Gabriel,Salinas López Franco
Seguimiento: 17/03/2020 Ac.Portavoces – Se acordó la exoneración del trámite de envío a comisión, la exoneración del plazo de publicación en el Portal del Congreso y la ampliación de Agenda.
17/03/2020 Pleno (en debate)
17/03/2020 Texto Sustitutorio – Se presentaron 3 textos sustitutorios en Sala
17/03/2020 Aprobado 1ra. votación
17/03/2020 Dispensado 2da Votación




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