TOLERANCIA CERO … “Hombre o Mujer”

Discriminación O Susceptibilidad ¿A Dónde Se Inclina La Balanza De La Sociedad? OJO…….La igualdad de derechos del hombre y la mujer es al disfrute de todos los derechos humanos es uno de los principios fundamentales reconocidos por el derecho internacional y recogidos en los principales instrumentos internacionales sobre derechos humanos. Debemos tener la IGUALDAD como centro de Desarrollo para todas y todos, Así como hay Mujeres maltratadas, que es preocupante, también hay Maltrato a los hombres, solo que está en una realidad silenciosa, VIOLENCIA ES Y SERA SIN IMPORTAR QUIEN LA EJERZA «HOMBRE o MUJER»

La violencia de género es el nombre que se le da al tipo de violencia física o psicológica que impacta de manera negativa sobre la identidad, el bienestar social, físico o psicológico, que se diferencia de otros tipos de violencia porque implica que está dirigido hacia la mujer…? porque no a ambos (Hombre y Mujer)

Algunos Canales, Periodistas y Hasta la Ministra, se olvidan que la VIOLENCIA no distingue SEXOS, y VIOLENCIA es y será sin importar quien la ejerza, entonces porque no se toca que también los Hombres, Varones son agredidos…….? Agredidos por MUJERES…porque solo se habla de un sector de la población y no de toda la población en general , su labor como Periodistas , Como Ministra es trabajar imparcialmente , buscando el bienestar general de todo el País.

Se olvidan de la violencia contra el sexo masculino en Lima con 1,111 casos; seguido de Arequipa, con 267, y Cusco con 157, Junín, 139, La Libertad 108, Ica y Ancash con 100, según datos registrados por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

A nivel nacional, la cifra asciende a 2,882 hasta fines de marzo. Sin embargo, preocupa que 1080 de estos casos se hayan presentado solamente en el tercer mes del año sin dejar de lado las 2137 denuncias en relación a niños y adolescentes y los 473 en adultos

«Es muy frustrante reconocer que, junto a maltrato contra las mujeres, se registre el maltrato contra los varones en sus modalidades física, psicológica, sexual y económica. Pero más preocupante aún es que los hombres que más violencia sufren son los niños, adolescentes y adultos mayores», recalcó la especialista a la agencia Andina.

Tanto las Naciones Unidas como Human Rights Watch comparten este término para distinguir la violencia común (entendida como agresión de un individuo a otro), de aquella que se dirige a un grupo en particular (las mujeres)

La asociación británica ManKind Initiative, de apoyo a hombres víctimas de la violencia «doméstica», ha lanzado una impactante campaña para demostrar que la violencia es violencia, la ejerza quien la ejerza, algo que en nuestro País, Perú estamos aun muy lejos de lograr, no importa genero VIOLENCIA ES Y SERA SIN IMPORTAR QUIEN LA EJERZA «HOMBRE o MUJER»

El vídeo, que se muestra a continuación, muestra a una pareja de actores paseando por el centro de Londres. En la primera escena, la pareja empieza a discutir y el hombre exhibe una actitud violenta con la joven, a quien acosa y acorrala. Los viandantes primero miran y luego intervienen para zanjar la discusión. Hay quien incluso amenaza con llamar a la Policía y separa físicamente a los supuestos novios, UNA INICIATIVA CORRECTA «SI»

La segunda escena tiene el mismo escenario, pero es el hombre el que es acosado y vejado por la mujer, que lo golpea en varias ocasiones, le grita y le insulta. Esta vez, nadie actúa para separarlos e incluso hay quien se ríe ante la escena. UNA INICIATIVA INCORRECTA «SI»

Entonces si hablamos de igualdad porque nuestra INICIATIVA no puede ser la misma para ambos frentes……..?

 

 

Aquí las incongruencias jurídicas de la legislación vigente…Si a una mujer la agarran a golpes. Esta agresión física puede ser considerada una falta o un delito, Todo depende, aunque sea increíble, de la pericia del médico legista. Si la pareja le dejó el cuerpo con moretones y el médico legista dictamina que le corresponden menos de 10 días de descanso, el sistema jurídico considera esto solo como una falta, y no un delito, aunque verdaderamente lo sea. Se tipifica como delito cuando el descanso médico legal pasa los 11 días. Si una mujer llega al médico legista con magulladuras en el cuello, este no le dará más de 10 días de descanso. Pero hasta el más neófito sabe que si un varón le aprieta el cuello a una mujer es porque la quiere asfixiar. De más está decir que el daño psicológico no es tomado en cuenta., PERO OJO SE HABLA DE AGRESIÓN DE UN HOMBRE HACIA UNA MUJER y que pasa cuando es todo al revés la AGRESIÓN ES DELA MUJER HACIA EL HOMBRE?

Veamos siempre mas aya no solo de lo que nos pueda beneficiar a nosotros o a unos cuantos, veamos el enfoque en general para todos y todas, incluido los animales.

¿Qué hacen los fiscales penales cuando llega una denuncia de maltrato a una mujer? porque si hablamos de maltrato a un Hombre? no encontramos nada raro verdad…….? El artículo 441 del Código Penal señala que la falta se agrava cuando existen ciertas circunstancias, por ejemplo, que se trate de una menor de edad o que sean hechos de violencia familiar. Supongamos que el fiscal tramita el caso de una mujer golpeada como si fuera un delito –lo que no es usual–, cuando se establece el castigo solo puede darle 80 días de jornadas comunitarias, una pena que corresponde a las faltas. Ante esta incongruencia, la mayoría de operadores de justicia tramitan el agravio físico a una mujer como falta y mandan el caso al juez de paz.

La ley actual dispone que la Policía informe al juez de familia, quien deriva el caso al fiscal penal. Cuando este ve que el médico legista ha dado menos de 10 días de descanso, lo considera una falta y lo deriva al juez de paz.

En circunstancias de violencia contra la mujer debería ser falta agravada y tramitarse en la Fiscalía Penal, no en el Juzgado de Paz, enfatizando que debería ser tanto para Hombres y Mujeres

¿Eso lo establece el artículo 441 del Código Penal? Dice que la falta agravada se tramita como delito, no indica que se vuelve delito…

 

 

VEAMOS UN COMPARATIVO

Si usted maltrata a un perro, recibirá pena privativa de la libertad no mayor de tres años. Para la justicia peruana, lo cual esta correcto y apoyo dicha norma, pero también no debería ser igual para las mujeres y hombres…….?

La Ley de Protección y Bienestar Animal (LEY Nª30407) con la Ley de Violencia contra la Mujer (LEY Nª30364). Podríamos indicar que también falta la LEY DE VIOLENCIA CONTRA LOS HOMBRES…….?

La Ley de Protección Animal ha modificado un artículo del Código Penal y agredirlos es ahora un tipo penal. Se sanciona el simple hecho del maltrato al animal, independientemente del grado que este tenga, las sanciones son más fuertes para la crueldad con los animales que con la mujer y del hombre si mencionar porque no EXISTE, El solo hecho de maltratar a una mujer debería tener una pena privativa no mayor de tres años, como ocurre con los animales yo estoy de acuerdo debería ser igual y también para las Mujeres que maltratan a los Hombres, puesto que hablamos de IGUALDAD y es por eso que no me cansare de mencionarlo debemos BUSCAR el BIENESTAR HUMANO-ANIMAL

 

 

Feminicidios Perú: 33 casos en los primeros tres meses del año 2019 vs 28 en los 3 primeros meses del 2020 (26/02/20) en distintos puntos del país, Pero Ojo no olvidemos y dejemos de lado que también hay Hombres Asesinados por Mujeres, como siempre lo digo tomemos la rienda de ambos lados, trabajemos en prevención y sanción para ambos frentes.

El que mata a una mujer “por su condición de tal” será reprimido con una pena privativa de libertad no menor de veinte años”. Así lo establece la Ley 30819, que rige desde julio pasado.

La norma modifica el artículo 108-B del Código Penal, que castiga el feminicidio. El 108 se refiere al homicidio calificado, el asesinato.

El asesinato merece en nuestro código una pena no menor de 15 años. Se establece para el que mata a otro por ferocidad, codicia, lucro o placer; para facilitar otro delito; si lo hace con gran crueldad o alevosía; si lo comete con fuego, por explosión u otro medio que ponga en riesgo a otros.

Veinte años por matar a una mujer “por su condición de tal” es muy poco, realmente. Quince años por matar a un ser humano “por su condición de tal” es, claramente, inequitativo.

Tenían que subirse las penas. Tenían que subirse, sin embargo, considerando, en primer lugar, el daño a lo que hay de común en una mujer o en un hombre: el ser humano.

La inequidad de nuestro código se hace evidente cuando debemos enfrentar a una persona que mata a una mujer, pero no en su condición de tal.

Un sujeto que asesinara a una mujer porque esta simplemente lo empujó no podría ser juzgado por feminicidio. Podría recibir una pena de apenas 15 años. Lo mismo sucedería si la víctima de ese desprecio por la vida fuera un hombre, o incluso un niño.

Matar a un ser humano debe tener una pena severa, muy alta. Y la debe tener por tratarse del arrebatamiento de la vida.

Violencia, Maltrato, Muerte es y será siempre sin importar quien la imparta (Hombre o Mujer) se debe trabajar en prevención y sanciones más duras para ambas partes, no dejar vació legal.

Porque la cifras debe detenerse hacia ambos lados.

¡Basta ya de crímenes! Los medios de comunicación difunden cada semana el incremento de agresiones y asesinatos, y la sensación de indolencia va ganando terreno entre los peruanos.

No obstante, los casos más terribles no pasan, en muchas ocasiones, de ser la noticia del día. Los rostros, identidades e historias se pierden en la gran cantidad de datos que existen en nuestro país.

 

 

 

 

 

 

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